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Article 1

Reconocimiento De Pensiones Y Cuotas Partes

Decreto 1768 de 2004 · por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el reconocimiento y pago de las obligaciones pensionales de las entidades en liquidación por parte de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Reconocimiento de pensiones y cuotas partes . En aquellos casos en que la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, sea la encargada de reconocer las cuotas partes y las pensiones de los ex trabajadores de las entidades en proceso de liquidación o de las ya liquidadas, estas entidades deberán seguir cumpliendo con el pago de pensiones y cuotas partes de los ex trabajadores, hasta tanto se haya aprobado el cálculo actuarial del pasivo pensional y se surtan los trámites pertinentes para que Caprecom asuma dicha función. Así mismo, continuarán reconociendo las pensiones y las cuotas partes, hasta que Caprecom reciba a satisfacción.

Parágrafo

Sin perjuicio de la responsabilidad de hacer y presentar el cálculo actuarial de manera completa y correcta, en el evento en que se encuentren personas no incluidas en el cálculo actuarial, será necesario efectuar previamente los ajustes a que haya lugar, para el pago de las respectivas pensiones. Sin dichos ajustes Caprecom no podrá realizar el respectivo pago de las mesadas pensionales. En tales casos, la entidad en proceso de liquidación o la entidad que asuma sus obligaciones, deberá cumplir las obligaciones pensionales que le correspondan con cargo a sus recursos, hasta tanto el Ministerio de Hacienda y Crédito Público apruebe la inclusión en el respectivo cálculo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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