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Article 64

Ingreso Al Curso De Altos Estudios Militares

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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01

Text of the article

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Ingreso al Curso de Altos Estudios Militares. Para ingresar al Curso de Altos Estudios Militares de que trata el Artículo 54 del Decreto 612 de 1977, los Coroneles o Capitanes de Navío que sean propuestos por los Comandos de Fuerza, deben llenar los siguientes requisitos

a)

Ser diplomado como oficial de Estado Mayor.

b)

Haber sido clasificado en Lista número uno (1) o Lista número dos (2) para ascenso al grado de Coronel o Capitán de Navío, y haberse mantenido en estas Listas de clasificación durante los años de permanencia en dichos grados.

c)

Contar con el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa, en base a las condiciones profesionales, morales e intelectuales del oficial.

d)

Estar incluido en la disposición legal de llamamiento al Curso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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