°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 398 de 2006 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007 con excepción de lo previsto en el artículo 3° de este decreto.
Article 6
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 398 De 2006 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 2007 Con Excepción De Lo Previsto En El Artículo 3° De Este Decreto
Decreto 627 de 2007 · por el cual se establece el límite máximo salarial de los empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.
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