º Ordénase la formación de un censo de todos los empleados afiliados a la Caja de Previsión Social Judicial, los cuales quedan obligados a llenar debidamente las hojas censales y a entregarlas al Jefe de la respectiva oficina el día 30 de septiembre del año en curso. La Gerencia de la Caja distribuirá oportunamente los formularios que deban llenarse.
Decreto 2598 de 1947 →In force
Article 1
Ordénase La Formación De Un Censo De Todos Los Empleados Afiliados A La Caja De Previsión Social Judicial, Los Cuales Quedan Obligados A Llenar Debidamente Las Hojas Censales Y A Entregarlas Al Jefe De La Respectiva Oficina El Día 30 De Septiembre Del Año En Curso
Decreto 2598 de 1947 · por el cual se ordena la formación de un censo de los empleados afiliados a la Caja de Previsión Social Judicial.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.