Los Presidentes de las Corporaciones judiciales comunicarán al Procurador General y al Consejo Superior toda elección o nombramiento de funcionarios que hagan, a más tardar dentro de los cinco días siguientes, el Presidente de la República y el Procurador General harán otro tanto respecto de los Fiscales. Todos los funcionarios y empleados deberán enviar su hoja de vida al Consejo Superior de la Administración de Justicia y a la Procuraduría General dentro de los treinta días siguientes a la vigencia del presente estatuto. En lo sucesivo, todo funcionario o empleado nuevo que tome posesión de un cargo deberá enviar a las mismas oficinas su hoja de vida dentro de los cinco días siguientes a aquella. La Procuraduría General de la nación podrá aplicar multas hasta de $ 50.00 diarios a favor de la Caja Nacional de Previsión, cuando no se de cumplimiento a esta disposición y mientras subsista la mora.
Decreto 250 de 1970 →In force
Article 69
Los Presidentes De Las Corporaciones Judiciales Comunicarán Al Procurador General Y Al Consejo Superior Toda Elección O Nombramiento De Funcionarios Que Hagan, A Más Tardar Dentro De Los Cinco Días Siguientes, El Presidente De La República Y El Procurador General Harán Otro Tanto Respecto De Los Fiscales
Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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