º Aplazar la aplicación del artículo 48 del Decreto 2160 de 1986, para el ejercicio contable terminado el 31 de diciembre de 1992.
Lo dispuesto en este artículo no impide a los comerciantes la realización de avalúos técnicos de las propiedades, planta y equipo, con el fin de determinar las valorizaciones técnicas correspondientes.