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Article 2.4.1.7.2.2

Elaboración E Implementación De Los Planes Integrales De Prevención

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Elaboración e implementación de los Planes Integrales de Prevención. Las gobernaciones y alcaldías conjuntamente serán las encargadas de formular y ejecutar el Plan Integral de Prevención.

Atendiendo a los principios de colaboración armónica, complementariedad, concurrencia, subsidiariedad, coordinación y corresponsabilidad institucional, las autoridades territoriales contarán con el apoyo de las entidades del orden nacional con competencia en la elaboración e implementación de los Planes Integrales de Prevención.

Parágrafo 1

El Ministerio del Interior impulsará y prestará asistencia técnica a las entidades territoriales para la formulación de los Planes Integrales de Prevención, que deberán ser formulados a partir de la priorización y focalización que realice el Comité Técnico de los componentes de medidas integrales de prevención, seguridad y protección, y del protocolo de protección para territorios rurales.

Parágrafo 2

La Fuerza Pública con jurisdicción en el territorio, según sea el caso, deberá participar en la elaboración de los Planes Integrales de Prevención, bajo la coordinación de las gobernaciones y alcaldías.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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