° Inversiones públicas en actividades portuarias. Con sujeción a las normas constitucionales y legales sobre presupuesto, y a la Ley 1 de 1991, el Estado continuará siendo responsable de financiar las inversiones en mantenimiento y profundización de canales de acceso y de los estudios pertinentes. Las autoridades tomarán, en especial, las medidas que les correspondan para que dentro de los presupuestos se incluyan apropiaciones para inversiones con recursos públicos concentradas en dos tipos de actividades: dragado y profundización de canales de acceso, y dotación de infraestructura vial y de servicios básicos. Las apropiaciones que se hagan hasta 1995 en actividades portuarias se distribuirán así: 8.1. Dragados y profundización. Por el equivalente en pesos de US$ 15.6 millones para dragado; de acuerdo con la distribución que aparece en el Cuadro 11 del documento Conpes-DNP-2680-Mintransporte-UINF del 11 de noviembre de 1993. Además, US$ 20 millones en profundización. 8.1.1. Buenaventura. Las apropiaciones se destinarán a inversiones regulares en el mantenimiento del canal de acceso, y a profundizar éste y el área de maniobra y zona de muelles hasta 10 metros en una primera fase. 8.1.2. Barranquilla. La inversión en dragado se dirigirá (US$ 6 millones) a mantener el calado requerido. En la desembocadura del Río Magdalena se continuarán las obras del dique direccional, con inversiones por US$ 11 millones. 8.1.3. Cartagena. Se efectuarán las inversiones de dragado de mantenimiento en la Bahía de Cartagena, con un costo aproximado de US$ 1.2 millones. 8.2. Estudios. 8.2.1. Puertos en la Costa Pacífica. El Ministerio de Transporte adelantará durante los próximos dos años los siguientes estudios: Para la profundización del canal de acceso al puerto de Buenaventura hasta 11.5 m., se adelantará el estudio de viabilidad técnica y ambiental. Para el desarrollo del Puerto en Tribugá, se adelantarán los estudios de preinversión, entre los que se incluyen el desarrollo del Plan Maestro para la construcción y financiación del puerto, el estudio detallado de impacto ambiental y el plan de manejo y mitigación. Estudios para el futuro desarrollo de la zona de la Ciénaga de Mallorquín el margen occidental de Bocas de Ceniza. Estudios que, en consistencia con los lineamientos del documento Conpes-DNP-2680-Mintransporte-UINF del 11 noviembre de 1993, permitan determinar los requerimientos de puertos carboníferos, así como las condiciones y el cronograma bajo el cual las instalaciones existentes en zonas no aptas para esta actividad deberán dejar de prestar dicho servicio. Estos estudios estarán a cargo de la Superintendencia General de Puertos.
Decreto 2688 de 1993 →In force
Article 8
° Inversiones Públicas En Actividades Portuarias
Decreto 2688 de 1993 · por el cual se expide el Plan de Expansión Portuaria para el período 1993-1995.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.