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Article 2

Ley 2 de 1932 · Que reglamenta la Caja de Auxilios de los ramos Postal y Telegráfico

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son fondos de la Caja de Auxilios de los ramos Postal y Telegráfico: la existencia en la caja de lo recaudado hasta la fecha en que entre en vigencia la presente Ley; las acreencias existentes en la misma fecha a favor de la Caja; una suma anual del Tesoro Nacional equivalente al dos por ciento (2 por 100) de la partida que se apropie en los presupuestos para personal de Correos y Telégrafos, y el producto de la deducción de un dos por ciento (2 por 100) hecha en los sueldos de los empleados en actividad de los ramos Postal y Telegráfico.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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