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Article 25

Decreto 4725 de 2005 · por el cual se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos para uso humano.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Del contenido del permiso de comercialización. Toda certificación mediante la cual se conceda un permiso de comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada, deberá contener como mínimo, la siguiente información

a)

Número del permiso de comercialización antecedido de la sigla EBC;

b)

Vigencia del permiso;

c)

Nombre y domicilio del titular del permiso de comercialización;

d)

Nombre del producto;

e)

Nombre y domicilio del establecimiento fabricante;

f)

Nombre y domicilio del importador;

g)

Tipo de equipo biomédico y su clasificación según el riesgo;

h)

Sistemas y subsistemas principales que integran el equipo biomédico;

i)

Uso o indicaciones del producto;

j)

Precauciones especiales y otros;

k)

Modalidad bajo la cual se otorga el permiso de comercialización;

l)

Modelos autorizados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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