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Article 4

Mientras No Se Dispongan De Nuevas Variedades Perfectamente Aclimatadas, De Producción Superior Y De Fibras Aceptables, Por Industrias De Hilados Y Tejidos, Los Campos De Propagación Se Cultivarán Solamente Con Las Variedades Siguientes: Para Las Zonas De Tolima Y Cundinamarca: "expresa", Del Brasil

Decreto 87 de 1943 · Por el cual se deroga el Decreto número 1751 de 1942 y se dictan otras disposiciones sobre algodón

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º. Mientras no se dispongan de nuevas variedades perfectamente aclimatadas, de producción superior y de fibras aceptables, por industrias de hilados y tejidos, los campos de propagación se cultivarán solamente con las variedades siguientes: Para las zonas de Tolima y Cundinamarca: "Expresa", del Brasil. Para las Zonas del Atlántico y Magdalena: semillas de la especie Burbón (selecciones de la Granja Algodonera de Soledad) Para las zonas Santander y Boyacá: semillas procedentes de selecciones de la especie y variedad cultivadas actualmente en esas zonas. Para la zona de Bolívar: Vergara y foster. Para la zona de Antioquia: semillas procedentes de selecciones de la especie y variedad que se cultivan actualmente en esa zona.

02

Constitutional history

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