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Article 7

Decreto 1538 de 1986 · por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando de exportación de café.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cualquier documento que se suscriba entre la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia o Almacafé S. A. y las empresas transportadoras y que cumpla con las condiciones de carta de porte o de conocimiento de embarque de conformidad con el Código de Comercio, producirá todos los efectos consagrados en el mismo Código aunque no establezca la estimación del valor del café en el mismo. Para efecto de su cobro, en caso de incumplimiento, será el precio oficial que tenga el café para la fecha de emisión del documento, certificado por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia. Se reglamenta así para estos efectos el artículo 768 del Código de Comercio y concordantes de conformidad con el artículo 2035 del mismo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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