El Ministerio podrá hacer las observaciones que considere del caso sobre dicho informe, y ordenar una inspección ocular del montaje, pero si así no lo hiciere y considerare satisfactorio el informe, procederá a dictar una resolución por medio de la cual se declare que el concesionario ha cumplido sus obligaciones y que ha comenzado el período de explotación. Si dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de dicho informe, el Gobierno no le hubiere hecho observación alguna, se entenderá que da por cumplidas las obligaciones del concesionario. Explotación.
Article 18
El Ministerio Podrá Hacer Las Observaciones Que Considere Del Caso Sobre Dicho Informe, Y Ordenar Una Inspección Ocular Del Montaje, Pero Si Así No Lo Hiciere Y Considerare Satisfactorio El Informe, Procederá A Dictar Una Resolución Por Medio De La Cual Se Declare Que El Concesionario Ha Cumplido Sus Obligaciones Y Que Ha Comenzado El Período De Explotación
Decreto 132 de 1944 · Por el cual se reglamentan los contratos para la exploración y explotación de las minas de Supía y Marmato y Distritos vecinos, distintas de las del Cerro de Marmato y Cien Pesos
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