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Article 84

Ley 2136 de 2021 · por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado Colombiano - PIM, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para efectos de la aplicación de la presente ley, se tendrán en cuenta los siguientes derechos ya consagrados en el ordenamiento jurídico colombiano:

1.

Derecho a la Unidad Familiar: La familia, elemento natural y fundamental de la sociedad tiene el derecho a vivir unida, reci­bir respeto, protección, asistencia y apoyo conforme a lo esta­blecido en los instrumentos internacionales. La reglamentación de esta Ley establecerá los grados y tipos de parentesco a los que se extiende este derecho en materia migratoria.

2.

Derecho de libre circulación y residencia: Todo ciudadano co­lombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio na­cional, a entrar y salir de este. Igualmente, aquellos extranjeros que se encuentren de forma regular en el país tienen derecho a circular, permanecer y salir de él, con sujeción a las disposicio­nes legales vigentes. Estos derechos no pueden ser restringidos salvo las limitaciones provistas por ley y que sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o los derechos y libertades de terceros, bajo los parámetros establecidos por la Constitución y los instrumen­tos internacionales en materia de derechos humanos vinculantes para el Estado colombiano.

3.

Derecho al Retorno: Toda persona tiene derecho a regresar a su país de origen, nadie podrá ser arbitrariamente privado del de­recho a entrar en su propio país, salvo cuando las restricciones se hallen provistas en la ley, sean necesarias para proteger la se­guridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública, o los derechos y libertades de terceros y sean compatibles con los demás derechos, conforme a lo dispuesto por los instrumen­tos internacionales en materia de derechos humanos vinculantes para el Estado Colombiano.

4.

Derecho de Asilo: Es el derecho que tiene toda persona, en caso de persecución que no sea motivada por delitos comunes, de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, de acuerdo con la Ley y los instrumentos internacionales en la materia, suscritos por el Estado Colombiano.

5.

Derecho a la participación con enfoque diferencial: Todas las políticas públicas migratorias deben ir encaminadas hacia una participación activa y completa de cada una de las personas; con especial énfasis en la atención y enfoque diferencial de las diferentes necesidades de la mujer.

6.

Derecho a la gestión migratoria de derechos humanos: Los mi­grantes nacionales y extranjeros, tienen derecho a que toda la gestión, servicios o atención migratoria se dé en el marco y la promoción de los derechos humanos.

02

Constitutional history

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