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Article 7

O

Decreto 1679 de 1991 · por el cual se delega en los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo la función nominadora y algunas facultades relacionadas con situaciones administrativas del Ministerio Público y de las Ramas Ejecutiva y Jurisdiccional.

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Text of the article

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ARTICULO 7o . Delégase en los Ministros y Jefes del Departamento Administrativo la facultad de dar posesión a los miembros de las Juntas Directivas de las Entidades Descentralizadas del orden nacional, cuando por ley o estatutos dicha posesión deba surtirse ante el Presidente de la República. Igualmente delégase en el Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la facultad de dar posesión a los funcionarios que hayan sido designados para ejercer el empleo, por encargo, en aquellos casos en que la posesión del titular deba surtirse ante el Presidente de la República. Así mismo, delégase en el Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la facultad de dar posesión a los funcionarios de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público que fueren designados en interinidad, en aquellos eventos en que la posesión del titular deba efectuarse ante el Presidente de la República.

02

Constitutional history

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