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Article 8

O A Partir Del 1º De Enero De 1992, El Subsidio De Alimentación Para Los Empleados De Que Trata Este Decreto, Que Devenguen Asignaciones Básicas No Superiores A Ciento Noventa Y Seis Mil Trescientos Cincuenta Pesos ($196

Decreto 909 de 1992 · por el cual se fija la escala de remuneración de empleos del Sector Técnico Aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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01

Text of the article

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o A partir del 1º de enero de 1992, el subsidio de alimentación para los empleados de que trata este decreto, que devenguen asignaciones básicas no superiores a ciento noventa y seis mil trescientos cincuenta pesos ($196.350.00) moneda corriente, será de seis mil setecientos ochenta y cuatro pesos ($6.784.00) moneda corriente, mensuales, o proporcional al tiempo servido. No se tendrá derecho al subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio del cargo.

Parágrafo

Cuando la entidad suministre alimentación a los empleados que conforme a este decreto tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero.

02

Constitutional history

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