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Article 31

Derogado

Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Repealed

La División Académica o Escuela de Capacitación del Ministerio Público cumplirá las siguientes funciones: a) Difundir los elementos de la cultura corporativa necesarios al logro de los objetivos de la organización estatal; b) Adelantar campañas de difusión pedagógica relacionadas con la lucha contra la corrupción y la defensa y protección de los derechos fundamentales; c) Planificar, ejecutar y coordinar acciones educativas para asegurar el respeto de los derechos fundamentales de los distintos grupos humanos existentes en la sociedad colombiana; d) Formar, capacitar, actualizar y adiestrar a los servidores de la Institución para el desarrollo y perfeccionamiento de la gestión atinente al Ministerio Público; e) Desarrollar los programas de enseñanza en las diversas expresiones del saber relacionadas con la Procuraduría y los procedimientos y técnicas de investigación para el ejercicio de las competencias de todo el Ministerio Público; f) Explorar las necesidades que en materia de capacitación y adiestramiento existan en el Ministerio Público, para programar las actividades académicas; g) Desarrollar las políticas de formación y capacitación trazadas por el Ministerio Público y adelantar la coordinación institucional e interinstitucional para la ejecución de la misma; h) Estructurar programas de estímulos conducentes al éxito de la actividad que le corresponde; i) Contribuir al diseño y aplicación de mecanismos de selección e inducción de los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación; j) Preparar material de apoyo bibliográfico, cartillas de difusión y módulos para el desarrollo de los distintos programas académicos.

PARAGRAFO: Para el cumplimiento de las funciones anteriores, el Procurador General de la Nación podrá integrar los grupos de trabajo que sean necesarios en el interior de la División. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000

02

Constitutional history

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