Idiomas. 490 1. (1) En las conferencias y reuniones de la Unión podrán emplearse otros idiomas distintos de los mencionados en el artículo 29 de la Constitución: 491a) cuando se solicite del Secretario General o del Director de la Oficina interesada que tome las medidas adecuadas para el empleo oral o escrito de uno o más idiomas adicionales, siempre que los gastos correspondientes sean sufragados por los Miembros que hayan formulado o apoyado la petición; 492b) cuando una delegación sufrague la traducción oral de su propia lengua a uno de los idiomas indicados en el artículo 29 de la Constitución. 493 (2) En el caso previsto en el número 491 anterior, el Secretario General o el Director de la Oficina interesada atenderá la petición en la medida de lo posible, a condición de que los Miembros interesados se comprometan previamente a reembolsar a la Unión el importe de los gastos consiguientes. 494 (3) En el caso previsto en el número 492 anterior, la delegación que lo desee podrá además asegurar, por su cuenta, la traducción oral a su propia lengua a partir de uno de los idiomas indicados en la disposición pertinente del artículo 29 de la Constitución. 495 2. Todos los documentos mencionados en el artículo 29 de la Constitución podrán publicarse en un idioma distinto de los estipulados, a condición de que los Miembros que lo soliciten se comprometan a sufragar la totalidad de los gastos que origine la traducción y publicación de los mismos. CAPITULO V. Disposiciones varias sobre la explotación de los servicios de telecomunicaciones
Decreto 2060 de 1999 →In force
Article 35
Decreto 2060 de 1999 · por el cual se promulga la "Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones" y el "Protocolo Facultativo sobre la Solución Obligatoria de Controversias Relacionadas con la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y los Reglamentos Administrativos", adoptados en Ginebra el 22 de diciembre de mil novecientos noventa y dos (1992)
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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