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Article 2.8.15.5

Red Mixta Nacional Y Territorial En Salud Mental

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

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Red Mixta Nacional y Territorial en Salud Mental. Créese la Red Mixta Nacional y Territorial en Salud Mental como instancia de gobernanza para apoyar la implementación de la Política Nacional de Salud Mental, fortaleciendo la articulación, coordinación y participación de los actores sectoriales, intersectoriales y de la sociedad civil, incluyendo organizaciones públicas, privadas y comunitarias, responsables de la salud mental.

Parágrafo 1

Esta instancia estará conformada por actores clave del ámbito nacional y territorial, dentro de un marco transectorial e intersectorial, que incluirá:

Organizaciones No Gubernamentales (ONG);

Universidades y centros de investigación;

Sector privado;

Organizaciones internacionales;

Comunidades locales y líderes comunitarios que aportan a los temas de bienestar mental;

Entidades Territoriales;

Entidades prestadoras de servicios de salud y cuidado;

Colegios y asociaciones de profesionales de disciplinas relacionadas con la aten­ción integral de la salud mental;

Delegaciones y representantes de plataformas nacionales y juveniles.

El Consejo Nacional de Salud Mental, con el apoyo técnico del Ministerio de Salud y Protección Social, establecerá el organigrama funcional de la Red Mixta Nacional

y Territorial en Salud Mental y definirá las responsabilidades de sus integrantes, los criterios para la toma de decisiones, así como los procedimientos de evaluación y seguimiento de sus actividades, entre otros.

Parágrafo 2

La Red Mixta Nacional y Territorial en Salud Mental operará de manera articulada en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal, integrando esfuerzos transectoriales e intersectoriales. No asumirá responsabilidades relacionadas con la prestación de servicios, sino que se encargará de orientar las acciones para mejorar la atención integral, integrada y continua en salud mental, promover la inclusión social, garantizar la eliminación del estigma y la discriminación en la promoción de la salud mental y afectar positivamente los determinantes sociales de la salud mental.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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