Aclarándose los artículos 33 y 123 del decreto 2053 de 1974 y el artículo 73 del decreto 2247 de 1974, en el sentido de que los gastos y costos de la actividad ganadera servirán para determinar el valor en inventario y el costo de enajenación de semovientes, o serán deducibles, dentro del año o periodo gravable de la renta originada en dicha enajenación o en la explotación de sus productos derivados, según las normas generales establecidas en la ley.
Article 22
Aclarándose Los Artículos 33 Y 123 Del Decreto 2053 De 1974 Y El Artículo 73 Del Decreto 2247 De 1974, En El Sentido De Que Los Gastos Y Costos De La Actividad Ganadera Servirán Para Determinar El Valor En Inventario Y El Costo De Enajenación De Semovientes, O Serán Deducibles, Dentro Del Año O Periodo Gravable De La Renta Originada En Dicha Enajenación O En La Explotación De Sus Productos Derivados, Según Las Normas Generales Establecidas En La Ley
Decreto 2348 de 1974 · Por el cual se adiciona el Decreto 2053 de 1974
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