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Article 11

Ley 44 de 1971 · por la cual se dictan disposiciones sobre laboratorios clínicos y se reglamenta el ejercicio de la profesión para-médica de microbiolólogo, bacteriólogos y laboratoristas clínico.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Quien ejerza ilegalmente la Mierobiología, la Bacteriología y el Laboratorio Clínico sin tener el correspondiente título de idoneidad conforme el artículo 2º. de esta Ley, incurrirá en prisión de seis (6) meses a dos (2) años y responderá civilmente de los perjuicios causados. El que teniendo título de idoneidad ejerza la profesión sin dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 3º. y 5º. de esta Ley, será sancionado con multas sucesivas de $ 1.000 a $ 5.000.

Parágrafo

El Gobierno reglamentará las investigaciones iniciadas por el ejercicio ilegal de las profesiones a que se refiere esta Ley. Los extranjeros además de cumplir las sanciones impuestas, serán expulsados del país.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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