° Las funciones señaladas por la Ley 19 de 1911 a la Comisión Central para la extinción de la langosta, quedan adscritas a la Sección 2ª del Ministerio de Agricultura y Comercio, a la cual ingresará el Secretario Contador de dicha comisión.
Parágrafo
Queda en estos términos reformada dicha Ley 19 de 1911 .