Las prendas personales y el menaje doméstico pertenecientes a personas residentes en el Puerto Libre de San Andrés y Providencia por un tiempo no menor de un año, estarán sometidos al régimen aduanero existente en la República para los colombianos residentes en el Exterior que regresen al país.
Para los efectos del presente artículo, deberá presentarse una certificación sobre residencia expedida por la primera autoridad del lugar del domicilio, refrendada por el Intendente.