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Article 2

División Del Escalafón Militar Y Del Escalafón Policial

Ley 26 de 1981 · por la cual se definen los Escalafones Militar y Policial, se crea el Escalafón Complementario y se dictan otras disposiciones sobre la carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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El Escalafón Militar y el Escalafón Policial estarán integrados en adelante, por el actual Escalafón Regular y por el Escalafón Complementario. Pertenecen al Escalafón Regular los Oficiales y Suboficiales que ingresen a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional, procedentes de las escuelas de formación y de las unidades autorizadas para adelantar cursos de Suboficiales que cumplan todos los requisitos legales y reglamentarios para permanecer en la Carrera y ascender en ella. Podrán pertenecer al Escalafón Complementario, aquellos Oficiales que, habiendo reunido los requisitos de tiempo mínimo y excelente conducta, demostraren buenas condiciones profesionales en su grado, pero no fueren ascendidos por carencia de las demás condiciones legales o por razón de las políticas generales sobre administración de personal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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