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Article 2

Decreto 4211 de 2010 · por el cual se crea un Comité Interinstitucional en cumplimiento de una orden judicial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° . Conformación del Comité de Coordinación Interinstitucional. De acuerdo con lo ordenado en la providencia de Tutela del Consejo de Estado el Comité estará integrado por: El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. El Fiscal General de la Nación o su delegado. El Procurador General de la Nación o su delegado. El Defensor del Pueblo o su delegado.

Parágrafo 1

De acuerdo con el fallo de tutele proferido por el Consejo de Estado, dichas autoridades designarán un funcionario que los represente a nivel departamental. El Comité estará igualmente conformado por: El Gobernador del departamento del Cauca El Alcalde del Municipio de Caloto. Un representante de las comunidades afectadas.

Parágrafo 2

La participación de las Fuerzas Militares en el Comité Interinstitucional será determinada por el Ministro de Defensa Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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