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Article 9

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1275 de 2021 · Por el cual se modifica parcialmente el Capítulo 4, del Título 4, de la Parle 3, del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 de 2015, en lo relacionado al Programa de Conexiones lntradomiciliarias - PCI de agua potable y saneamiento básico

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01

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Modifíquese el artículo 2.3.4.4.10. del Decreto 1077 de 2015, el cual quedará así: "ARTÍCULO 2.3.4.4.10. Viabilización de proyectos. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio viabilizará los proyectos enmarcados en el Programa de Conexiones lntradomiciliarias de agua potable y saneamiento básico que se financien con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación. Los proyectos presentados para viabilización deben incluir las domiciliarias requeridas, conforme con lo establecido en el

Parágrafo 3

del artículo 2.3.4.4.4. del presente capitulo.

Parágrafo

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá brindar apoyo técnico en la estructuración y evaluación de este tipo de proyectos en el marco de sus competencias."

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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