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Article 10

Decreto 3084 de 1966 · por el cual se crea la Prefectura de Registro de Cambios y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las sumas en moneda extranjera contabilizadas como deudas por personas naturales o jurídicas residentes en el país a favor de personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior, cuya existencia antes del 29 de noviembre de 1966 se acredite a satisfacción plena de la Oficina de Registro de Cambios, podrán incorporarse en moneda legal al patrimonio o como aporte al capital de dichas personas deudoras en la declaración de renta y patrimonio correspondiente al año gravable de 1966, y esa incorporación gozará del beneficio contemplado en los artículos 7º del Decreto Legislativo 2867 y 3º del Decreto Legislativo 2915 de 1966. Es entendido que las personas que se acojan a lo previsto en este artículo no tendrán derecho a solicitar que se les otorguen licencias de cambio para el servicio de intereses o amortización de capital de las deudas así convertidas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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