° La deducción del 5% de la renta bruta por concepto de reserva para estudio de nuevas zonas, tendrá por base la renta bruta, tal como se define en el artículo 3º de este Decreto; y para que el contribuyente tenga derecho a ella deberá presentar anualmente una relación de las reservas constituidas con la especificación de los cargos y abonos hechos periódicamente a esa reserva. Cuando se establezca que la reserva en mención ha sido destinada a fines distintos de los previstos en el artículo 8º de la Ley que se reglamenta, cesará de ahí en adelante el reconocimiento de la deducción correspondiente. Tasas de depreciación.
Article 6
La Deducción Del 5% De La Renta Bruta Por Concepto De Reserva Para Estudio De Nuevas Zonas, Tendrá Por Base La Renta Bruta, Tal Como Se Define En El Artículo 3º De Este Decreto; Y Para Que El Contribuyente Tenga Derecho A Ella Deberá Presentar Anualmente Una Relación De Las Reservas Constituidas Con La Especificación De Los Cargos Y Abonos Hechos Periódicamente A Esa Reserva
Decreto 52 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 67 de 1946 y se dictan otras disposiciones
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