Para el cumplimiento de la función de recibir y distribuir los recursos y auxilios que se incluyan en el Presupuesto Nacional con destino a entidades oficiales o particulares que se ocupen de programas de bienestar social del menor y de la familia, e inspeccionar la inversión de aquellos, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar realizará y mantendrá al dia inventario de las instituciones que con tales propósitos funcionen en el país, de su naturaleza, de sus recursos, finalidades especificas, potencialidad y ubicación; señalará además, las pautas científicas a las cuales han de someterse los programas y actividades de los establecimientos para disfrutar del apoyo oficial; indicará con el mismo objeto, la técnica de la planeación individual e incorporará a los propios programas los planes e iniciativas de aquellos, en la medida y magnitud en que se acomoden a los recursos del instituto y al plan nacional de desarrollo económico y social, a fin de garantizar la permanencia y eficacia de los proyectos y trabajos.
Article 21
Para El Cumplimiento De La Función De Recibir Y Distribuir Los Recursos Y Auxilios Que Se Incluyan En El Presupuesto Nacional Con Destino A Entidades Oficiales O Particulares Que Se Ocupen De Programas De Bienestar Social Del Menor Y De La Familia, E Inspeccionar La Inversión De Aquellos, El Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Realizará Y Mantendrá Al Dia Inventario De Las Instituciones Que Con Tales Propósitos Funcionen En El País, De Su Naturaleza, De Sus Recursos, Finalidades Especificas, Potencialidad Y Ubicación; Señalará Además, Las Pautas Científicas A Las Cuales Han De Someterse Los Programas Y Actividades De Los Establecimientos Para Disfrutar Del Apoyo Oficial; Indicará Con El Mismo Objeto, La Técnica De La Planeación Individual E Incorporará A Los Propios Programas Los Planes E Iniciativas De Aquellos, En La Medida Y Magnitud En Que Se Acomoden A Los Recursos Del Instituto Y Al Plan Nacional De Desarrollo Económico Y Social, A Fin De Garantizar La Permanencia Y Eficacia De Los Proyectos Y Trabajos
Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968
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