°. El Instituto Nacional de Radio y Televisión tendrá su domicilio principal en la ciudad de Bogotá y podrá establecer seccionales o agencias en otros lugares, de acuerdo con las necesidades y conveniencias del servicio y según lo determinare la Junta Directiva, siguiendo las normas generales que le fije el Ministerio de Comunicaciones.
Article 4
El Instituto Nacional De Radio Y Televisión Tendrá Su Domicilio Principal En La Ciudad De Bogotá Y Podrá Establecer Seccionales O Agencias En Otros Lugares, De Acuerdo Con Las Necesidades Y Conveniencias Del Servicio Y Según Lo Determinare La Junta Directiva, Siguiendo Las Normas Generales Que Le Fije El Ministerio De Comunicaciones
Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
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Constitutional history
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