INSPECCION CAFETERA, RETEN CAFETERO. Las inspecciones cafeteras establecidas por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia en cada uno de los puertos de embarque autorizados para la exportación de café, además de cumplir con sus funciones de recaudo de los impuestos a la exportación de café, retención, pasilla y ripio, así como de control y repeso al café con destino a la exportación, recibirán los documentos que amparan la movilización del café desde su origen hasta el puerto de embarque. Una vez traspasado el retén establecido por la inspección cafetera, la movilización del café quedará bajo control de los autoridades de acuerdo con las reglamentaciones que para el efecto y oída la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, se establezcan.
Decreto 1538 de 1986 →In force
Article 23
Decreto 1538 de 1986 · por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando de exportación de café.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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