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Article 64

Bases Gravables Y Responsables

Ley 49 de 1990 · por la cual se reglamenta la repatriación de capitales, se estimula el mercado accionario, se expiden normas en materia tributaria, aduanera y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Adiciónase al Estatuto Tributario con los siguientes artículos:

“Artículo 462-1. Base gravable en el impuesto al cine . La base gravable para liquidar el impuesto sobre el servicio de exhibición cinematográfica, será el valor del derecho de ingreso a la exhibición, deduciendo lo pagado por concepto de los siguientes impuestos:

a)

El impuesto de fomento al deporte de que trata la Ley 30 de 1971 ;

b)

El impuesto de espectáculos públicos de que trata la Ley 33 de 1968 ;

c)

El impuesto con destino al fondo de pobres de que trata la Ley 97 de 1913 .

Dentro del valor al público de la boleta, se presume incluido el impuesto”.

“Artículo 443-1. Responsable en el impuesto al cine . En el servicio de exhibición cinematográfica serán responsables del impuesto, quienes con fines comerciales exhiban películas cinematográficas”.

Adiciónase el artículo 615 del Estatuto Tributario, con el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. La boleta de ingreso a las salas de exhibición cinematográfica constituye el documento equivalente a la factura”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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