º . Especificaciones técnicas . El Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá mediante resolución las especificaciones técnicas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo anterior para las entidades administradoras del Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, SSP, y del Subsistema de Seguridad Social en Riesgos Profesionales, SSRP. El Ministerio de Salud enviará al Organo de Administración del RUA la información correspondiente a las entidades administradoras de los Subsistemas de Seguridad Social en Salud - régimen contributivo y régimen subsidiado, de conformidad con los procedimientos y las especificaciones técnicas que establezcan los dos Ministerios mediante resolución conjunta. El Ministerio de Salud establecerá mediante resolución las especificaciones técnicas con las cuales las entidades administradoras de los Subsistemas de Seguridad Social en Salud, régimen contributivo y régimen subsidiado, estarán obligadas a reportar a ese Ministerio la información relativa a sus aportantes, afiliados y beneficiarios.
Decreto 889 de 2001 →In force
Article 4
Decreto 889 de 2001 · por el cual se dictan unas disposiciones para el funcionamiento del Registro Unico de Aportantes al Sistema de Seguridad Social.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.