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Article 6

Modifíquese El Artículo 13 Del Decreto 252 De 2004 El Cual Quedará Así: “ Artículo 13

Decreto 3577 de 2004 · por el cual se modifica el Decreto 252 de 2004 que reestructura el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas.

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01

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°. Modifíquese el artículo 13 del Decreto 252 de 2004 el cual quedará así: “ Artículo 13. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Asesorar al Director General en la formulación de políticas, normas, planes, programas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, físicos y financieros de la entidad.

2.

Dirigir y controlar las actividades de administración de personal, seguridad industrial y relaciones laborales de los servidores públicos del Instituto, de acuerdo con las políticas de la entidad y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia.

3.

Dirigir los programas de selección, inducción, capacitación y calidad laboral de los empleados del Instituto, de conformidad con las normas legales vigentes.

4.

Coordinar la realización de estudios sobre planta de personal.

5.

Elaborar y actualizar el manual específico de funciones y requisitos de conformidad con la estructura y la planta de personal aprobadas por el Gobierno Nacional, teniendo en cuenta las normas legales vigentes sobre la materia.

6.

Programar y adelantar los procesos de licitación, contratación, adquisición, almacenamiento y custodia de bienes y materiales.

7.

Dirigir y controlar las políticas, planes, programas, procesos, actividades y demás acciones relacionadas con la gestión administrativa, financiera y presupuestal de la institución y proponer los cambios que se consideren pertinentes.

8.

Adelantar las acciones necesarias tendientes al pago de las sentencias judiciales en contra del Instituto, cuando fuere del caso.

9.

Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Instituto.

10.

Elaborar el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, del Instituto.

11.

Dirigir la elaboración del plan financiero de fuentes y usos de recursos de la entidad, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios.

12.

Proponer al Director General los cambios que se consideren pertinentes para mejorar la gestión presupuestal y financiera de la entidad.

13.

Dirigir y controlar la adecuada prestación de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Instituto.

14.

Controlar los inventarios de elementos devolutivos y de consumo y coordinar la elaboración del programa anual de compras.

15.

Coordinar las investigaciones disciplinarias de los empleados del instituto y fallar en primera instancia de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 734 de 2002 y en las normas que la adicionen o modifiquen.

16.

Recibir y tramitar las quejas, reclamos y sugerencias que formulen los ciudadanos en relación con la misión y desempeño de la entidad.

17.

Coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los mecanismos de participación ciudadana que el Instituto deba aplicar de conformidad con la ley.

18.

Adelantar las actividades relacionadas con la administración, manejo y conservación de la documentación de la entidad así como de los archivos Institucionales.

19.

Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.

20.

Ejercer las funciones de Secretaría del Consejo Directivo.

21.

Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le señalen las normas legales vigentes.

02

Constitutional history

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