JurídicoESEN

Article 55

Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Aduana procederá a confrontar el sobordo, cada uno de los manifiestos y facturas, para verificar la exactitud de dichos documentos. Toda discrepancia que se note entre el sobordo y los manifiestos, o entre éstos y las facturas se hará constar en una diligencia que firmará el Jefe de la Aduana, de la cual pasará copia por el inmediato correo al Ministerio de Hacienda.

Parágrafo

En el caso de sufrir alteración el cargamento de un buque destinado a los puertos de la República, después de confeccionados los papeles, por la necesidad de transbordar parte del mismo cargamento a otro buque destinado también a los puertos de la Nación, se deberá presentar a la Aduana la certificación del Cónsul respectivo sobre la alteración ocurrida, con expresión del peso y demás requisitos exigidos en los sobordos y facturas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 85 de 1915