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Article 1

Ley 45 de 1922 · Por la cual se reorganizan los servicios de información y propaganda en el exterior

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las Oficinas de Información y Propaganda dependerán del Ministerio de Agricultura y Comercio para los efectos de información comercial y propaganda, pero siempre bajo la vigilancia del respectivo representante diplomático de Colombia, y continuaran servidas por un Jefe y un Secretario cada una.

Las Oficinas serán las siguientes:

a)

Una en Nueva York, con acción comercial en los Estados Unidos y Canadá;

b)

Una en Londres, con acción comercial en Inglaterra y Países Escandinavos;

c)

Una en Paris, con acción comercial en Francia, Bélgica, Suiza, Italia, Checoeslovaquia y Países Balcánicos;

d)

Una en Barcelona, con acción comercial en España, Portugal y Norte de África;

e)

Una en Hamburgo, con acción comercial en Alemania, Dinamarca, Polonia, Austria y Holanda.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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