Las decisiones sobre concesión de recursos contra las providencias de las juntas se tomarán por el Presidente y contra ellas podrán interponerse el recurso de súplica para ante la junta en pleno. La denegación de la apelación podrá ser recurrida en queja ante la Junta Nacional de Escalafón Docente. El procedimiento aplicable en los eventos previstos en este artículo será e contemplado el contemplado al efecto en el Código de Procedimiento Civil.
Decreto 2621 de 1979 →In force
Article 18
Las Decisiones Sobre Concesión De Recursos Contra Las Providencias De Las Juntas Se Tomarán Por El Presidente Y Contra Ellas Podrán Interponerse El Recurso De Súplica Para Ante La Junta En Pleno
Decreto 2621 de 1979 · Por el caul se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2277 de 1979 en relación con la integración y funcionamiento de las Juntas y de las Oficinas Seccionales del Escalafón Nacional Docente
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.