°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el
del artículo 2.8.6.6.1., del Capítulo 6 del Título 6 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2.8.6.6.1. DECRETO 1068 de 2015