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Article 37

Decreto 2126 de 1992 · por el cual se reestructura el ministerio de relaciones exteriores y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

Text of the article

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ARTICULO 37 . DIVISION DE VISAS. - Son funciones de la División de Visas, las siguientes

1.

Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de visas y consultar con el Subsecretario respectivo los casos que por su naturaleza así lo requieran.

2.

Vigilar, instruir y controlar las Misiones Diplomáticas y Consulares para el fiel cumplimiento de las normas sobre expedición de visas.

3.

Autorizar con su firma la expedición de visas.

4.

Mantener registro de todas las visas expedidas por el Ministerio y por las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República.

5.

Sistematizar la información y documentos correspondientes a la División de Visas.

6.

Las demás que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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