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Article 7

Decreto 3118 de 1959 · por el cual se reglamenta el artículo 27 del Decreto extraordinario número 1153 de 1959.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo séptimo . No se considerarán para el concurso sino las solicitudes presentadas dentro del término señalado al efecto, y se entenderá que un candidato ha retirado su solicitud en cualquiera de los siguientes casos

a)

Si no suministra, cuando se le solicite, y dentro del término que se le señale, cualquiera evidencia que sea requerida en lo relacionado con el concurso;

b)

Si no asiste a las pruebas obligatorias a la hora y fecha señaladas;

c)

Si no comunica su propósito de aceptar el empleo para el cual ha concursado, dentro del término de los seis (6) días siguientes al recibo de la comunicación de que ha sido seleccionado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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