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Article 6

º

Decreto 1510 de 1981 · Por el cual se establecen los porcentajes de retención en la fuente, sobre los pagos o abonos en cuentas que hagan las personas jurídicas por concepto de comisiones y honorarios y se reglamentan parcialmente las Leyes 38 de 1969 y 20 de 1979.

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01

Text of the article

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º . Los retenedores expedirán anualmente a los contribuyentes sujetos a la retención, antes del 1º de marzo del año siguiente al gravable, en certificado por cada concepto en el cual conste

1.

Año gravable y ciudad donde se practique la retención.

2.

Razón social y NIT del retenedor.

3.

Nombre o razón social y NIT del ca9tribuyente a quien se le hizo la retención.

4.

Tonto total del pago sujeto a retención.

5.

Concepto de la retención.

6.

Cuantía de la retención.

Parágrafo

A solicitud del contribuyente beneficiario del pago, el retenedor deberá expedir c ertificación por cada re tención efectuada, la cual deberá contener las mismas especificaciones del certificado anual. Los contribuyentes a quienes se efectúe la retención, acompañarán a su declaración de renta y patrimonio, los certificados anuales o periódicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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