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Article 29

Decreto 2133 De 1961

Decreto 703 de 1958 · por el cual se reglamenta la tasación, distribución y cobro del impuesto de valorización de las obras de desecación, defensa y recuperación de las tierras de "Aguablanca".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo veintinueve. La liquidación y distribución provisional o definitiva del impuesto será notificada a los interesados por medio del edicto, que se fijará en las oficinas de la CVC por cinco (5) días, junto con una lista de reparto de cuotas, indicación de épocas y términos de pago, intereses y demás modalidades de la amortización. Dicha lista también será publicada en uno o dos diarios escritos de Cali. El edicto de notificación se expresará también que, contra la liquidación sólo procede, por la vía gubernativa, el recurso de reposición; y que éste debe ejercitarse dentro de los plazos, en la forma y con el objeto que se establecen en los artículos 30 y 31 de este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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