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Article 13

Los Servicios Del Muelle Causarán Los Siguientes Derechos A Favor Del Tesoro Nacional: Exportación

Decreto 1084 de 1925 · Por el cual se reglamenta la administración del muelle de Buenaventura y se fija la tarifa para los servicios del mismo

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01

Text of the article

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Los servicios del muelle causarán los siguientes derechos a favor del Tesoro Nacional: Exportación

a)

Por cada tonelada de cargo general, inclusive el recibo, arrume y despacho para su embarque $ 1 50

b)

Por cada cabeza de ganado mayor 1

c)

Por cada cabeza de ganado menor 0 50

d)

Por cada ave 0 10

e)

Por cada metro cúbico de madera labrada o en bruto 0 50

f)

Por cada metro cúbico de maderas aserradas 2 50

g)

Por cada tonelada de carbón mineral 1 50 Importación. I. Por cada tonelada de carga general, inclusive costo de peones para recibo, arrume, clasificación, confrontación de pesos al acto del reconocimiento y entrega en la puerta de los almacenes a los importadores una vez satisfechos los derechos legales, tres pesos $ 3 II. Por cada cabeza de ganado mayor 0 50 III. Por cada cabeza de ganado menor 0 25 IV. Aves, por cada una 0 10 V. Por cada metro cúbico de maderas labradas o en bruto 0 50 VI. Por cada metro cúbico de maderas aserradas 2 50 VII. Por cada tonelada de carbón mineral 1 50

Parágrafo

Cuando las maderas o carbón mineral prevengan de cabotaje, sólo pagarán la mitad de los derechos señalados en este artículo.

02

Constitutional history

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