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Article 114

Son Funciones Del Consejo Nacional De Planeación En Salud: A) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema, En La Formulación Del Plan Nacional De Salud; B) Coordinar Las Acciones De Planeación En Salud Que Deben Adelantar Las Instituciones Del Sector, Dentro Del Marco Del Plan Nacional De Salud; C) Recomendar Los Estudios Que Sirvan De Base Para Los Planes De Inversión Del Sector; D) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema Sobre La Formulación De Planes Y Proyectos De Las Entidades O Institutos Descentralizados Del Sector Salud Del Orden Nacional, Así Como Sobre Planes Y Proyectos De Salud De Carácter Nacional; E) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema Sobre Proyectos De Crédito Externo Y Cooperación Técnica Internacional Para El Sector; F) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema Sobre Proyectos De Interés Para El Sector Que Deban Ser Presentados A Consideración Del Consejo Nacional De Política Económica Y Social, Conpes; G) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema En El Proceso De Desarrollo De Los Regímenes De Información, Referencia Y Contrarreferencia E Integración Funcional, Y Los Demás Que El Ministerio Expida En Su Área; H) Asesorar A La Dirección Nacional Del Sistema Sobre Los Programas Y Proyectos Que Presenten Las Coordinaciones Regionales De Planeación En Salud; I) Establecer Su Propio Reglamento

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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ARTICULO 114. Son funciones del Consejo Nacional de Planeación en Salud

a)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema, en la formulación del Plan Nacional de Salud;

b)

Coordinar las acciones de planeación en salud que deben adelantar las instituciones del sector, dentro del marco del Plan Nacional de Salud;

c)

Recomendar los estudios que sirvan de base para los planes de inversión del sector;

d)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema sobre la formulación de planes y proyectos de las entidades o institutos descentralizados del Sector Salud del orden nacional, así como sobre planes y proyectos de salud de carácter nacional;

e)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema sobre proyectos de crédito externo y cooperación técnica internacional para el sector;

f)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema sobre proyectos de interés para el sector que deban ser presentados a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes;

g)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema en el proceso de desarrollo de los regímenes de información, referencia y contrarreferencia e integración funcional, y los demás que el Ministerio expida en su área;

h)

Asesorar a la Dirección Nacional del Sistema sobre los programas y proyectos que presenten las Coordinaciones Regionales de Planeación en Salud;

i)

Establecer su propio reglamento. Comisión de Personal.

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