Los soldados, auxiliares bachilleres que presten el servicio militar obligatorio en la Policía Nacional y Grumetes de las Fuerzas Militares tendrán una bonificación mensual para gastos personales de cuarenta y cuatro mil ciento veinte pesos ($44.120) moneda corriente. Los soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de Policía Militar que hayan terminado el curso básico de esta especialidad tendrán una bonificación mensual adicional de seis mil novecientos noventa y tres pesos ($6.993) moneda corriente. Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares percibirán diecisiete mil setecientos sesenta y cinco pesos ($17.765) moneda corriente, como bonificación adicional.
Article 13
Los Soldados, Auxiliares Bachilleres Que Presten El Servicio Militar Obligatorio En La Policía Nacional Y Grumetes De Las Fuerzas Militares Tendrán Una Bonificación Mensual Para Gastos Personales De Cuarenta Y Cuatro Mil Ciento Veinte Pesos ($44
Decreto 1463 de 2001 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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