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Article 15

Decreto 1292 de 1994 · por el cual se reestructura el Ministerio de Salud

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01

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Despacho del Viceministro. Además de las funciones asignadas por el artículo 13 del Decreto 1050 de 1968, el Viceministro de Salud cumplirá las siguientes funciones

1.

Supervisar y controlar la planeación Sectorial en el Sistema de Salud y en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

2.

Orientar y supervisar la elaboración periódica del diagnóstico sectorial.

3.

Supervisar y controlar el desarrollo de los recursos sectoriales, en particular el recurso humano, el recurso informático, el científico y tecnológíco, la cooperación internacional y la inversión pública en salud.

4.

Coordinar, armonizar e integrar las acciones de las Direcciones Generales y su correspondencia con las orientaciones del Ministro, los organismos colegiados y los postulados del Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental del Gobierno Nacional aprobado por el Congreso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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