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Article 9

°

Decreto 889 de 1996 · por el cual se reglamentan las elecciones de Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. Publicidad a través de medios. El representante legal de la Cámara de Comercio respectiva deberá dar a conocer la siguiente información

1.

Los requisitos legales para inscribir listas y ser directores, al procedimiento, lugar y fecha límite para la inscripción;

2.

Fecha, lugar y hora de las elecciones, número de directores a elegir, requisitos para sufragar y si las elecciones se realizaran por los comerciantes matriculados o afiliados. La información de que trata el numeral primero deberá hacerse por lo menos tres (3) veces y con un intervalo mínimo de cinco (5) días, durante el mes de abril del año en que se realice la elección; y la consagrada en el numeral 2 por lo menos dos (2) veces durante los quince (15) días anteriores al día en que se realice la elección, através de: Un periódico local o nacional de amplia circulación, mediante aviso visible colocado en la sección económica o en la primera página. Una emisora local o nacional, en horas hábiles consideradas de alta audiencia. En los boletines y órganos de publicidad de cada cámara de comercio, de manera visible y resaltada en la primera página de los mismos. En los sitios de atención al público de cada cámara de comercio y sus seccionales, incluyéndose además la lista de candidatos debidamente inscritos y la lista delos comerciantes con derecho a voto.

Parágrafo

El representante legal de la Cámara de Comercio deberá dirigir a cada uno de los comerciantes con matrícula vigente o a cada uno de los afiliados con matrícula vigente, según el caso, dos comunicaciones personalizadas, la primera de ellas señalando la información de que trata el numeral primero y la segunda, indicando la información relacionada en el numeral segundo de este artículo. Dichas comunicaciones deberán ser enviadas con veinte (20) días comunes de anticipación a la fecha en q que se inicie la inscripción de listas y al día en que se efectúe la elección de directivos, respectivamente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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