°. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico dentro de un plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto adelantará los estudios técnicos necesarios y establecerá en sus metodologías tarifarias aplicables al servicio público domiciliario de acueducto, los consumos básicos y máximos por regiones, de conformidad con lo establecido por las Leyes 142 de 1994 y 373 de 1997, que incentiven el ahorro del agua. En consecuencia, modifícase el plazo establecido por el artículo 10 del Decreto 3102 de 1997.
Article 1
La Comisión De Regulación De Agua Potable Y Saneamiento Básico Dentro De Un Plazo De Dieciocho (18) Meses Contados A Partir De La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto Adelantará Los Estudios Técnicos Necesarios Y Establecerá En Sus Metodologías Tarifarias Aplicables Al Servicio Público Domiciliario De Acueducto, Los Consumos Básicos Y Máximos Por Regiones, De Conformidad Con Lo Establecido Por Las Leyes 142 De 1994 Y 373 De 1997, Que Incentiven El Ahorro Del Agua
Decreto 1421 de 1998 · por el cual se modifica el plazo establecido por el artículo 10 del Decreto 3102 de 1997.
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