Artículo undécimo. Será retirado inmediatamente del servicio público el empleado a quien se le comprobare haber cometido actos fraudulentos o delictuosos, en la forma del artículo 30 del Decreto 911 de 1932, por los funcionarios competentes de la Contraloría General de la República, lo mismo que cuando el empleado sea condenado por sentencia ejecutoriada, a cumplir condena por delitos contra la propiedad, aun cuando estos hechos no consten en el certificado de identidad.
Decreto 884 de 1944 →In force
Article 11
Del Decreto 911 De 1932, Por Los Funcionarios Competentes De La Contraloría General De La República, Lo Mismo Que Cuando El Empleado Sea Condenado Por Sentencia Ejecutoriada, A Cumplir Condena Por Delitos Contra La Propiedad, Aun Cuando Estos Hechos No Consten En El Certificado De Identidad
Decreto 884 de 1944 · Por el cual se dictan medidas encaminadas a prevenir delitos contra la Hacienda Pública
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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