JurídicoESEN

Article 20

Ley 64 de 1978 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la Ingeniería, la Arquitectura y profesiones auxiliares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura, las siguientes:

a)

Conocer, por recurso de apelación o de consulta, de las resoluciones que dicten los Consejos Profesionales Seccionales de Ingeniería y Arquitectura, y resolver sobre ellas. Serán consultadas, en todos los casos, aquellas que versan sobre las matrículas y los certificados a que se refieren los artículos 2o y 3o;

b)

Resolver sobre la cancelación o suspensión de tales matrículas o certificados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24;

c)

Velar por el cumplimiento de la presente Ley y sus decretos reglamentarios;

d)

Presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores observaciones sobre la expedición de visas a Ingenieros, Arquitectos y auxiliares, solicitadas con el fin de ejercer su profesión en Colombia;

e)

Presentar al Ministerio de Educación Nacional observaciones sobre la aprobación de nuevos programas de estudios y establecimiento de centros educativos relacionados con la Ingeniería y la Arquitectura y las profesiones auxiliares;

f)

Elaborar y mantener actualizado un registro de Ingenieros y Arquitectos y profesionales auxiliares de la Ingeniería y de la Arquitectura;

g)

Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas de las disposiciones legales que reglamentan el ejercicio de la Ingeniería, la Arquitectura y profesiones auxiliares y solicitar de aquéllas la imposición de las penas correspondientes;

h)

Las demás que le señalen la ley y los decretos reglamentarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 64 de 1978